Contrariamente a lo que se pueda pensar en España existen miles de asociaciones de todo tipo, culturales, recreativas, gastronómicas, deportivas.
En algunas comunidades autónomas es obligatorio la contratación de un seguro de responsabilidad civil. En otros casos son los Ayuntamientos que para dar permiso de celebración de un acto, son los que obligan a la contratación del mismo.
Si la asociación realiza actos con cierta frecuencia le conviene económicamente contratar un seguro anual, si solo se trata de un acto anual, entonces convendrá contratarlo solo para esas fechas.
El seguro de responsabilidad civil se hará cargo de los gastos de defensa si fuesen necesarios y de las posibles indemnizaciones por daños materiales y / o personales que se produzcan atribuibles a la asociación.
