Desde que entró en vigor la LOPD en nuestro país, se ha ido incrementando el grado de exigencia en su cumplimiento, a la vez que crecía la mentalización y cultura de su cumplimiento por parte del tejido empresarial.

A partir del 25 de mayo de 2018, termina el plazo para adaptar todos los sistemas de trabajo y comunicación de las empresas al RGPD, que sustituye en su totalidad a la antigua LOPD. La exigencia en la materia se incrementa notablemente, restringiendo enormemente las formas de dirigirse a los clientes, y condicionando la totalidad de documentación, archivos y bases de datos que utilizamos en una empresa, absolutamente todos.

Las sanciones se han visto notablemente incrementadas, empezando en el rango de los 40.000 euros, y toma fuerza la posibilidad de ser denunciados por cualquiera que entienda que se ha atentado contra este Reglamento, ya que puede reclamar daños y perjuicios y por tanto beneficiarse con esa reclamación.

En resumidas cuentas, este capítulo que ya era importante en la gestión de nuestro negocio, pasa a ser un capítulo absolutamente decisivo, tanto por las cuantías con las que pueden sancionar a la empresa, como por la amplitud de áreas en las que afecta su correcta implantación.

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