Es un seguro que cubre la inhabitabilidad de la vivienda por daños estructurales y de cimentación que se puedan producir durante los primeros diez años de la terminación de la obra.

Desde el año 2000 es obligatorio para todas las edificaciones destinadas a uso residencial. Siendo el promotor el obligado a contratarlo, aunque puede derivarlo a la constructora siempre que el asegurado sea el promotor.

Las compañías exigen la intervención de un Organismo de Control Técnico que supervisa el proyecto y la ejecución del mismo, emitiendo una serie de informes sobre distintas fases de la obra.

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El valor total provisional de la edificación en €. Dentro de este importe están incluidos los siguientes capítulos: Presupuesto ejecución material €,Beneficio Industrial, Gastos Generales, I.V.A., Honorarios de Proyecto, Honorarios de Dirección Facultativa, Otros Honorarios(Ingeniería, Geotécnico, etc.), Honorarios del Organismo de Control Técnico, I.V.A. de honorarios, Tasas y Licencias.
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