En seguros

La Ley de Sociedades Profesionales establece la obligatoriedad para los bufetes de tener su propio seguro, independientemente de que sus miembros tengan su seguro individual.

La razón es que al ser el bufete el que interviene es jurídicamente responsable de lo que hagan sus socios y resto de empleados.

La ley no establece la cobertura que debe tener el seguro de responsabilidad civil, pero debería ser acorde a la facturación, el número de clientes y la importancia de los mismos.

El seguro de responsabilidad civil en caso de reclamación se hará cargo de los gastos de defensa y la posible indemnización que hubiese que pagar.

Esto también le interesará

Dejar un comentario